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Nacional

SCJN da revés a Nayarit, Durango y Guerrero: tumba sus reglas locales para la elección judicial

El máximo tribunal invalida disposiciones estatales al concluir que contravienen el modelo constitucional federal y carecen de armonización

María Estela Ríos González

CIUDAD DE MÉXICO, 05MARZO2026.- La ministra María Estela Ríos González durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual se resolvió un asunto relacionado con la comunidad Rarámuri de Tehuerichi, ubicada en la Sierra Madre Occidental, en el estado de Chihuahua, y modificó la sentencia de amparo para fortalecer la protección del derecho a la identidad de sus integrantes frente a la negativa y las omisiones de diversas autoridades para expedir actas de nacimiento y defunción. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM - Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó disposiciones aprobadas en Nayarit, Durango y Guerrero al concluir que no se ajustan a la reforma judicial federal, entre ellas un Comité Estatal único para evaluar candidaturas, la falta de insaculación y paridad de género, la duración de nueve años para magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, las sesiones privadas en el Tribunal Superior de Justicia y un mecanismo especial para designar en 2027 presidencias de órganos judiciales locales.

SCJN

Foto: Cuartoscuro

El máximo tribunal concluyó que varias de las disposiciones aprobadas por tres estados no quedaron armonizadas con la reforma judicial federal y, en consecuencia, no podían mantenerse vigentes en los términos en que fueron establecidas en la normativa local.

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Los asuntos fueron analizados por el pleno mediante tres acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Ejecutivo federal y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con ponencia de la ministra María Estela Ríos González.

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María Estela Ríos

Foto: CUARTOSCURO

Resoluciones por entidad: Nayarit, Durango y Guerrero

En Nayarit, la Corte invalidó el mecanismo de evaluación y aprobación de candidaturas a través de un Comité Estatal único, al considerar que contraviene el modelo de la Constitución federal, que exige un comité por cada poder. El pleno también reconoció la omisión del Congreso local de incorporar la insaculación y la paridad de género, conforme a las cuales cada poder, según el cargo, debe integrar listas de entre seis y 10 personas.

En Durango, la Corte determinó que es inválido establecer que las magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial duren nueve años y no seis. También declaró inválida la norma que estableció que las sesiones del Tribunal Superior de Justicia sean privadas y excepcionalmente públicas.

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En Guerrero, el alto tribunal determinó la invalidez del esquema previsto en la Constitución local para la designación, por única ocasión en 2027, de la Presidencia del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial. La decisión se sustentó en que dicho mecanismo no se ajusta a los parámetros del modelo federal vigente.

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